En contraposición a las normas del Derecho Internacional, las autoridades israelíes de ocupación permiten a su ejército arrestar y torturar a niños palestinos, cuyas edades oscilan entre 12 y 14 años.
Un informe emitido por el Centro de Informaciones de Gaza indicó que los niños se llevan a los tribunales israelíes en virtud de la Orden Militar 225.
Esos tribunales trabajan según un conjunto de Ordenes Militares creadas para justificar el arresto de menores y prolongar el tiempo de su encarcelamiento sin juicio.
La Orden 132 de 1999 permitió el arresto de niños de entre 12 y 14 años de edad, lo que explica el incremento de las detenciones de menores. En 1998 se registraron 89 casos de arrestos, cifra que aumentó en 1999 a 202 niños palestinos y a casi 330 en el 2000.
Desde el comienzo de la Intifada de Al Aqsa el número de arrestados menores de 18 años alcanzó los dos mil y de ellos aún permanecen detenidos 352. De los detenidos, 33 son arrestados administrativos sin acusación, ni juicio, 215 están en espera del juicio y el resto ya fueron juzgados por los tribunales militares.
A partir de la entrada a los territorios palestinos, en 1967, el ejército sionista utilizó el arresto de los niños palestinos como un método de presión sobre los guerrilleros. Con el inicio de la Primera Intifada, en 1987, los también llamados Niños de las Piedras, se han convertido en el blanco de Israel, que a pesar de utilizar todas las formas de represión no ha logrado frenar la sublevación popular.
Las autoridades sionistas consideran, mediante las Ordenes Militares aprobadas, que aquellos que tengan 16 años no son menores, lo que constituye una clara violación de la Convención de los Derechos del Niño, que establece fijaron la mayoría de edad en 18 años.
Las autoridades sionistas se acostumbraron a atribuir un carácter jurídico a sus violaciones a los derechos humanos de los palestinos. Por ejemplo, legalizaron el uso de la tortura bajo varios pretextos y justificaciones concernientes a la defensa de Estado.
Actualmente, Tel Aviv es el único estado en el mundo que actúa fuera de los acuerdos y del Derecho Internacional al legalizar esos métodos, a pesar de haber firmado la Convención Internacional contra la tortura.
Los niños palestinos prisioneros están detenidos en varios centros de reclusión, que en su mayoría son unidades del ejército sionista, a lo largo de los territorios palestinos ocupados y dentro de Israel.
Algunas formas de torturas utilizadas son los violentos golpes y el azote, la privación de comer y dormir (se les echa agua mientras duermen), el insulto, las amenazas verbales, el aislamiento en celdas durante el interrogatorio.
Además se les expone por el día al ardiente sol y durante la noche a las bajas temperaturas, se utiliza música ruidosa, se les impide la comunicación con familiares o abogados, a quienes le dificultan en muchas ocasiones determinar los lugares de detención. A ello se suma que las visitas familiares requieren permisos que en la mayoría de los casos son negados.
Por otra parte, las últimas estadísticas del Ministerio para los Asuntos de los Prisioneros indicaron que el 11 por ciento de los niños detenidos padecen de problemas físicos y sicológicos, por lo que necesitan tratamiento médico y síquico.
En el Campo de Concentración Hawara, cerca de Nablus, (llamado por los prisioneros El Matadero), los detenidos son privados de los más mínimos derechos, pues no se les ofrece comida caliente, líquidos, ni atención médica y son blanco de salvajes golpizas y torturas.
Un abogado del Programa de Habilitación al Prisionero reveló en su testimonio haber presenciado como soldados sionistas golpeaban cruelmente a un niño, durante más de una hora. El menor permanecía tirado bajo el arduo sol y su sangre se derramaba debido a las ataduras con esposas de hierro que le inflamaban las heridas.
En el desierto de Al Naqab, cuyas temperaturas superan la capacidad de resistencia de los niños, se encuentra el Campo de Concentración Ktisot, donde hay más de 28 pequeños arrestados administrativamente, es decir sin acusación y sin ser juzgados.
En la cárcel para menores Talmud, situada en el norte de Israel, cerca de Haifa, se encuentran junto con infantes israelíes criminales, 75 niños palestinos, que son maltratados por las autoridades carceleras.
En la prisión de mujeres de Al Ramlah hay 11 niñas palestinas, las cuales, al igual que los demás encarcelados en diferentes lugares, carecen de alimentos, materiales escolares, ropa de verano y atención médica.
Israel, con los arrestos de niños, ignora los compromisos adoptados según los párrafos A y B, del artículo 37 de la Convención de las Naciones Unidas respecto a los Derechos del Niño, que decreta el deber de no torturar a los menores y de no privar a ninguno de su libertad de manera ilegal o represiva.
Ese documento señala que el arresto de un menor sólo debe aplicarse según la ley y como una última opción, en condiciones adecuadas y por un corto tiempo.
La detención de los niños en las cárceles y los campos de concentración dentro del Estado Hebreo también significa privarlos de ver a sus familias, debido a las limitaciones de movimiento impuestas a los palestinos, a quienes se les prohíbe la entrada a Israel. Ese hecho se considera una descarada violación de los artículos de la Cuarta Convención de Ginebra, especialmente el número 76, que expresa que el deber de los ocupantes cuando retienen a las personas es mantenerlos en el país ocupado y allí cumplir su condena en caso de ser procesadas.